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Decidir sobre la repercusión de gastos entre los miembros de LALIGA, vía cuotas de mantenimiento o cualquier otra, respetando las competencias expresamente atribuidas en los Estatutos a las Juntas de División, limitándose, bayern munich camiseta en tales casos la Asamblea General Ordinaria a determinar cuáles y/o en qué cuantía se repercuten al conjunto de miembros de Primera División y cuáles y/o en qué cuantía al conjunto de miembros de Segunda División. Son órganos de las distintas competiciones profesionales organizadas por LALIGA, que tienen como objeto el examen, deliberación y aprobación de cuantas competencias sean propias de cada División o delegadas expresamente por la Asamblea General, camiseta ajax 2024 y no estén expresamente atribuidas a otros órganos de LALIGA y no sean indelegables. Desde 2011, Uruguay se mantiene como la selección con más títulos (15) de este torneo junto con Argentina que tiene la misma cantidad. Por otro lado, el de menos longevidad es el Juventus Stadium inaugurado en 2011, momento en el que sustituyó al antiguo Stadio delle Alpi, ubicado en el mismo terreno. La convocatoria, el desarrollo y funcionamiento de las reuniones se ajustan, en lo sustancial, a las normas establecidas para la Asamblea General, si bien para su válida constitución deben estar presentes dos terceras partes de sus miembros de pleno derecho y, en segunda convocatoria, al menos un tercio de los mismos.

Para la válida constitución de la Asamblea habrán de estar presentes además del Presidente y del Secretario, en primera convocatoria, dos terceras partes de sus miembros de pleno derecho y, en segunda convocatoria, al menos dieciséis miembros de pleno derecho, debiendo concurrir, por cada División, camiseta roma un mínimo de ocho miembros. La convocatoria se efectúa por el Presidente por escrito, dirigido al domicilio que conste en LALIGA de cada asociado, utilizando cualquier medio de comunicación, correo, télex, fax, mensajería, etc., que deje constancia de su recepción, con diez días, al menos, de antelación a la fecha de la celebración de la misma, excepto en los casos de urgencia, apreciados de forma motivada por el Presidente, en los cuales dicho plazo podrá reducirse a cuarenta y ocho horas. En la convocatoria deberá constar el lugar, fecha, y hora de celebración de la Asamblea, en primera y segunda convocatoria, el carácter de la misma y el Orden del Día. La Dirección Legal deberá remitir a cada miembro de pleno derecho de la Asamblea General, en el momento de realizar la convocatoria, la documentación relativa a cada uno de los puntos del Orden del Día que se vayan a tratar en la misma, salvo que, por razones de urgencia en su celebración, no pueda acompañarse, en cuyo caso se pondrá a disposición de cada miembro en la sede de LALIGA previamente a la celebración de la Asamblea.

Cada miembro de las Juntas de División tiene derecho a un voto. Cada miembro de pleno derecho de la Asamblea tiene derecho a voto y la mayoría de los acuerdos se adoptan por mayoría simple. En el supuesto en que legalmente, le sea atribuida esta competencia en exclusiva a LALIGA, será entonces la Asamblea General quien, por mayoría reforzada, apruebe dicho calendario. Aprobar el calendario de fechas de competición que afecten a su División. Las Juntas se convocan y celebran obligatoriamente con carácter trimestral, durante la competición y con carácter extraordinario cuando así lo soliciten, al menos, seis de sus miembros o el Presidente de LALIGA. El régimen jurídico de las Juntas de División viene dado por lo previsto en los artículos 22 a 26, ambos inclusive de los Estatutos Sociales y por el Libro I, artículos 1 a 6, del Reglamento General. Decidir sobre las condiciones de inscripción en LALIGA y sobre las condiciones de participación en cada División. Revisar y resolver de forma definitiva las decisiones tomadas por la Comisión Delegada sobre la aprobación o rechazo de solicitudes concretas de admisión en LALIGA. Establecer las fórmulas de distribución de las cantidades obtenidas por ingresos provenientes de apuestas, distintas de las referidas en el apartado anterior, sobre la competición profesional cuando intervengan las dos Divisiones.

Decidir los criterios de reparto entre sus miembros de los ingresos obtenidos o que correspondan a la División respectiva, incluyendo los provenientes de apuestas sobre la competición profesional cuando intervenga únicamente la División respectiva. Establecer, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 258/1998, de 20 de febrero, de modificación parcial del Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, por el que se regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas del Estado y otros juegos gestionados por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado y al desarrollo del mismo, las fórmulas de distribución de las cantidades que deban percibir las Sociedades Anónimas Deportivas y Clubes correspondientes a la participación de LaLiga en la recaudación de las apuestas deportivas del Estado. Un representante de las Sociedades Anónimas Deportivas o Clubes afiliados a LALIGA que tengan suspendido su derecho a voto. Un representante de cada una de las Sociedades Anónimas Deportivas o Clubes que estén inscritos en la misma categoría competicional. En ese torneo, también estuvo marcado por el debut de Barnechea, en la máxima categoría y que tenía como principal figura, a su portero y capitán Jorge Manduca.